La Resolución citada indica que se podrán inscribir en el RUC y obtener la Clave SOL a través de Sunat Virtual o a través del App de Sunat, los contribuyentes siguientes:
- Las personas naturales con o sin negocio que cuenten con DNI.
- Las personas naturales que cuenten con DNI sean domiciliadas en el país y deban inscribirse en el RUC únicamente por generar rentas de primera, segunda, tercera y/o cuarta categoría del impuesto a la renta y/o que, por estar comprendidas en el Nuevo Régimen Único Simplificado, vayan a acogerse a este régimen.
- Con la intervención del Notario, cuando se trate de los sujetos que se constituyen a través del servicio de constitución de empresas en línea, cuya inscripción y activación del RUC se realiza de forma virtual.
La opción virtual para personas naturales no resulta aplicable, tratándose de sujetos que cuenten con tutor o curador.
De esta forma para que las personas naturales obtengan el RUC solo tendrán que ingresar al portal web de la Sunat o al App de Personas e ir a la opción inscríbete en el RUC; luego, efectuarán la verificación biométrica dáctilar que es un procedimiento informático proporcionado por el RENIEC que permite identificar de forma remota a un sujeto a partir de su huella dactilar.
Una vez inscrito en el RUC o activado dicho número, cualquier otro trámite relacionado con el RUC, tales como modificaciones o actualizaciones u otras circunstancias, se puede efectuar:
a) De manera presencial, en los centros de servicios al contribuyente a nivel nacional, en el caso de los trámites de reactivación del RUC, modificación de datos, suspensión de actividades, entre otros.
b) Con su clave SOL y su código de usuario, en el caso de los trámites de modificación de datos, cambio de domicilio fiscal, suspensión temporal de actividades, reinicio de actividades, entre otros.
c) A través del canal telefónico, tratándose de los trámites actualización y/o modificación de datos en el RUC. Dichos trámites deben ser realizados por un contribuyente persona natural con o sin negocio o por el representante legal de este tipo de contribuyentes.
Si necesita ayuda con los trámites escríbanos a: https://www.extraley.com.pe/contacto