Observación: Si bien el Tribunal Fiscal no detalló la documentación que el contribuyente debió haber presentado, se concluye con lo expresado por la SUNAT que a los efectos de acreditar el empleo del vehículo en las actividades señaladas por la empresa, debió presentarse documentación vinculada a los gastos de combustible y peaje, es decir, los comprobantes de pago con la indicación del número de placa del vehículo.
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